jueves, 18 de julio de 2013

Boletin Informativo sobre la desvinculación de Elías Gilces Como Miembro del CES que representa a las y los estudiantes?




El 5 de Agosto de 2011 la Universidad de Guayaquil me declaró oficialmente médico de la República, luego de venir cursando un riguroso y transparente concurso de méritos y oposición mientras era estudiante universitario, el CNE me declaró ganador del concurso para integrar el CES, es así que ya siendo médico, el CNE el 25 de agosto de ese mismo año me designó Miembro del Consejo de Educación Superior, al que por ley se le encargaría la representación de todos los estudiantes del Sistema de Educación Superior, tal como reza el certificado que adjunto a continuación, y para un periodo de 5 años como señala mi nombramiento.


Resulta que después de ya casi dos años, el Señor Presidente, Secretario General, el Procurador y varios Miembros del Consejo de Educación Superior (CES), intentan desconocer el período de cinco años para el cual fui elegido y posesionado legalmente en el Consejo Nacional Electoral en Agosto de 2011. Con ese motivo han venido desplegando una persecución y discriminación en contra de mi persona, atropellando no solamente la Ley y los reglamentos, sino ante todos mis derechos Constitucionales.

Es así que en abril de este año, sin que el pleno del CES adopte resolución y de manera unilateral, el Eco. René Ramírez en su calidad de Presidente del CES de manera tan prolija y eficiente eleva la consulta al Procurador General del Estado, consultando mi legitimidad y permanencia en el CES, poniendo en tela de duda y deslegitima un proceso meritocrático que fue realizado al amparo de la Constitución de Montecristi (aprobada por el pueblo ecuatoriano), la Ley Orgánica de Educación Superior (impulsada por el gobierno de la revolución ciudadana), y el reglamento que el CNE elaboró para el efecto.

Una vez remitido el Criterio del Procurador General del Estado, el CES remite al CNE el criterio del Procurador, el CNE mediante resolución PLE-CNE-1-9-7-2013 del 9 de julio de 2013, resuelve darle la potestad al CES,  para que sea el CES quien desconozca mi calidad de Miembro del CES, por haber superado uno de los requisitos que se me pidió para la postulación al Concurso en el año 2011.

Violando la Constitución de la República de 2008, la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES 2010) y su Reglamento, la Carta Fundamental de los Derechos Humanos, y a pesar de haber demostrado que soy Estudiante Universitario, el día de hoy con los votos a favor de: René Ramírez, (Presidente CES y Secretario Nacional de SENESCYT), Gabriel Galarza (SENPLADES), Gustavo Estrella (MIPRO), Tannya Lozada (Min. Educación), Enrique Santos (Ex – subsecretario de SENESCYT y Miembro Académico del CES actualmente), Marcelo Cevallos y Ximena Díaz (Académicos); y con los votos en contra de: Dra. Rocío Rueda y Agustín Grijalva (Académicos), resolvieron dar por terminado el periodo de funciones de Elías Gilces Bravo como Miembro del CES.

Finalmente, quiero señalar que esta es una decisión reaccionaria para callar a los jóvenes que pensamos y actuamos con libertad, y que no nos amoldamos a ningún modelo de tiranía, salgo con la frente en alto y la conciencia tranquila, con esto queda demostrado que no todos los jóvenes somos presa fácil de la manipulación política como se comenta por ahí, y que habemos jóvenes con principios elementales inquebrantables. Durante los casi dos años que venía desempeñando mis funciones en el CES, he venido criticado tenazmente el Sistema de Ingreso a la Educación Superior, la vulneración del cogobierno universitario, y algunas políticas públicas que se oponían a muchos principios Constitucionales y legales de la Autonomía Universitaria. Y hoy, lo único que se demuestra es que, en estos tiempos de aparente cambios democráticos y de respeto, la voluntad política sigue prevaleciendo sobre toda lógica y justicia, tal cual como ocurría en la vieja noche neoliberal.


 

Md. Elías Gilces Bravo
Ex-Miembro del Consejo de Educación Superior

martes, 28 de mayo de 2013

Propuesta de artículos en el área del emprendimiento estudiantil y la transparencia en el sistema de calificación para que sean considerados en el proyecto de reglamento de régimen académico del Sistema de Educación Superior.




ANTECEDENTES



El Art. 142 de la LOES señala que “Todas las instituciones del sistema de educación superior, públicas y particulares, deberán instrumentar un sistema de seguimiento a sus graduados y sus resultados serán remitidos para conocimiento del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.” Por lo que sería ideal que las Universidades reporten al CEAACES que todos sus graduados están incorporados en el mundo laboral, o mejor aún, que han emprendido sus propios negocios, cumpliendo así con el principio de pertinencia.

Es importante implementar desde la cuna del conocimiento a escala nacional la Economía del Bien Común, donde la COOPERACIÓN es el principio fundamental de este tipo de economías. Crear un espacio donde no se esfuercen por competir, sino por COOPERAR, marcando la diferencia y obtener aún más beneficios socio-económicos de gran envergadura para la sociedad en general. Es el momento de cambiar los viejos paradigmas de la avaricia y sustituirlos por la generosidad basada en valores que faciliten las relaciones interpersonales, donde todos/as seamos protagonistas y se fomente la igualdad y que todos/as tengamos acceso a las oportunidades, participando activamente del desarrollo económico de país con responsabilidad y dignidad de forma sustentable y sostenible. Ha llegado el momento de reinventarse.

He analizado el proyecto con algunos especialistas en temas de emprendimientos, por lo que me permito realizar la siguiente propuesta en mi calidad de Miembro del CES que representa a los estudiantes del Sistema de Educación Superior, para que sea incorporado dentro de la proyecto de Reglamento de Régimen Académico.
 
PRÁCTICAS Y PASANTIAS PREPROFESIONALES VINCULADAS AL EMPRENDIMIENTO ESTUDIANTIL Y DE LOS GRADUADOS

ARTICULO XX.- Las Universidades y Escuelas Politécnicas impulsarán el emprendimiento estudiantil y de sus graduados mediante la creación y consolidación de servicios de apoyo sociolaboral, dirigido exclusivamente a sus estudiantes y/o graduados, a fin de mejorar su capacidad de inserción en el mercado laboral, en la doble vertiente de empleo, en relación de dependencia y autoempleo por cuenta propia , apostando por una estrategia global que permita dar respuestas integrales a las necesidades de los/as estudiantes, así como, propuestas de acciones específicas para cada situación y demanda concreta, mediante el establecimiento de itinerarios individualizados, sistemáticos, participados, proactivos y flexibles, de manera que se generen procesos que, tutorizados, acompañados y mantenidos en el tiempo, más allá de una inserción laboral o creación empresarial inicial, garanticen los resultados a corto, medio y largo plazo.

ARTICULO XX.- Las Universidades y Escuelas Politécnicas, deberán crear el Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo, que permitirá garantizar la inserción laboral en el mercado de trabajo a los futuros profesionales, así mismo, será la encargada de detectar durante las pasantías y/o prácticas preprofesionales las deficiencias en cuanto a habilidades y destrezas de los y las estudiantes, y así perfeccionar las competencias profesionales en su área de conocimiento, a través de la formación complementaria a los estudios realizados, sin que este signifique vulnerar la gratuidad en las entidades públicas o cargos adicionales a la matricula en entidades privadas o cofinanciadas.

ARTICULO XX.- El Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo será responsable de la elaboración, diseño de itinerarios, acompañamiento y seguimiento hasta la puesta en marcha de su negocio o su incorporación al mundo laboral, además de promover las mejoras de las condiciones de empleabilidad de los y las estudiantes a partir de procesos de autodiagnóstico que permitan una orientación proactiva y eficaz y equilibrar la brecha existente entre su perfil profesional de partida y su situación laboral como recién graduados o postgraduados, se trata de que desde el principio el abordaje sea global y las respuestas, por tanto, trasciendan, aun siendo el foco principal, el hecho del empleo o el autoempleo.

ARTICULO XX.- El Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo, deberá hacer una prospección empresarial para formación, prácticas y pasantías, empleo y autoempleo. El Servicio de orientación desarrollará en el ámbito del empleo las siguientes acciones:
- Información para el Empleo (recursos, bibliografía, medios de comunicación, información en la red)
- Tutorías individualizadas
- Talleres de búsqueda de empleo
- Aula activa de búsqueda de empleo
- Plan de carrera profesional
- El seguimiento de los diferentes procesos que se vayan generando, individual y grupalmente.

Para que la vida laboral o profesional de las personas pueda desarrollarse, se requiere de una formación para la empleabilidad entendida como el "conjunto de competencias y cualificaciones transferibles" que refuerzan las capacidades y la aptitud de las personas para "encontrar, crear, conservar, enriquecer un trabajo y pasar de uno a otro obteniendo a cambio una satisfacción personal, económica, social y profesional".

Esta concepción de empleabilidad se centra en el conjunto de competencias personales, sociales y técnicas que las personas requieren para autogestionar sus procesos de desarrollo laboral y profesional en un escenario donde el empleo necesita ser creado mediante capacidad de emprendimiento y estrategias de cooperación.
Es fundamental arbitrar un mecanismo de asesoramiento, en el área laboral, para asegurar que las trayectorias de inserción reduzcan sus condiciones de precariedad, aumentando el respeto de los derechos laborales.

ARTICULO XX.- El Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo debe dotar a los futuros profesionales de Habilidades Directivas y Personales para desarrollar la capacidad de resistir, persistir e innovar para alcanzar su meta hacia el Empleo, Autoempleo y la Creación de Empresas.
En el marco de la formación para el autoempleo, son imprescindibles las tutorías individualizadas, de las que se realizarán un mínimo de 120 horas, que contemplarán los siguientes contenidos:
Desarrollo del plan de negocio.
Análisis del Plan de Viabilidad.
Asesoramiento legal y financiero.
Información sobre recursos a emprendedores/as.
Apoyo y motivación durante el proceso.
Acompañamiento en el desarrollo de su idea de negocio.
Desarrollo del Proyecto Empresarial a través de tutorías personalizadas en temas específicos como: Estudio de Mercado, Viabilidad, Marketing, Ventas, etc..
Crear un grupo de mentores con dilatada experiencia en varias aéreas del conocimiento que estén dispuestos a compartir su SABER, con las futuras promesas de la sociedad ecuatoriana.
Crear un grupo de mentores/as empresarios/as, que compartan sus historias de fracasos y las paradas que tuvieron que hacer para llegar al éxito, y como consiguieron financiación, clientes y proveedores, etc..
Diseñar un sistema de evaluación, planificado y transversal a todas las actuaciones, que permita ratificar y rectificar ritmos, contenidos, estrategias y metodologías.
Coordinación, con el Departamento de Formación y Orientación laboral de cada Universidad y Escuela Politécnica para participar en eventos, colaboraciones, elaboración de informes de seguimiento y evaluación, etc., así como con Organismos gubernamentales y privados que se dediquen a realizar acciones de emprendimientos.
 
FINANCIAMIENTO DEL EMPRENDIMIENTO ESTUDIANTIL Y DE LOS GRADUADOS

ARTICULO XX.- Las Universidades y Escuelas Politécnicas crearan mediante resolución del OCAS el Fondo de Emprendimiento Estudiantil y de los Graduados, el mismo que será autogestionado y financiado por los estudiantes y graduados de manera voluntaria, a través del fomento de financiación colectiva, microfinanciación colectiva o micromecenazgo, (que consiste en conseguir múltiples y pequeñas donaciones para conseguir dinero u otros recursos para financiar e impulsar proyectos de emprendimientos de los estudiantes que estén a punto culminar las carreras en todas las áreas del Conocimiento o de los graduados de la respectiva institución de Educación Superior), esta forma de financiación permite a la comunidad emprendedora estudiantil colaborar y cooperar con sus compañeros/as para sacar adelante sus proyectos.

ARTÍCULO XX.- Fondo del Emprendimiento Estudiantil y de los Graduados será integrado y dirigido por los estudiantes y/o graduados que sean socios activos del Fondo de Emprendimiento Estudiantil. El Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo vigilará e informará anualmente al OCAS el desempeño administrativo y financiero de este fondo.

ARTICULO XX.- Fondo del Emprendimiento Estudiantil y de los Graduados tendrá una directiva electa por sus socios activos.

ARTICULO XX.- Requisitos único para ser socio del Fondo del Emprendimiento Estudiantil y de los Graduados

- Ser estudiante legalmente matriculado o graduado de la Universidad o Escuela Politécnica Respectiva.

ARTICULOXX.- El Departamento de Formación y Orientación Laboral para el Empleo y el Autoempleo deberán incluir medidas específicas para fomentar el emprendimiento entre los jóvenes a través de planes de financiación desde el Gobierno Central.
 
TRANSPARENCIA EN EL SISTEMA DE CALIFICACIÓN POR PARTE DEL DOCENTE Y/O INVESTIGADOR A LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO XX.- El docente y/o investigador debe transparentar físicamente los resultados de las evaluaciones a los estudiantes.

ARTÍCULO XX.-  Si algún profesor y/o investigador se negara a mostrar los exámenes receptados a los estudiantes y procediera a entregar las notas en secretaría sin que los estudiantes hubieran revisado las pruebas rendidas, las notas no serán válidas y los estudiantes tendrán derecho a solicitar rendir examen con otro docente.

ARTÍCULO XX.- Los docentes y/o investigadores deberán conservar al menos durante 5 años los exámenes de los estudiantes en los archivos de la cátedra respectiva.






MD. ELÍAS E. GILCES BRAVO
MIEMBRO DEL CES
REPRESENTANTE ESTUDIANTIL

lunes, 6 de mayo de 2013

Quién es Elías Enrique Gilces Bravo, Miembro del CES en Representación de los Estudiantes del Sistema de Educación Superior?

En los últimos meses el delegado estudiantil ante el Consejo de Educación Superior, ha sido victima de un sinnúmero de ataques injuriosos y de una posible persecusión política propiciada por dos miembros del partido socialista y otros....!
Considero que es importante que las personas antes de lanzar juicios de valor sobre alguien, primero se deben dar la oportunidad de conocer a quien pretende a atacar, para evitar así de esta manera, poner en desmedro la integridad de los demás, a continuación pongo en conocimiento de la sociedad ecuatoriana mi pequeña biografía:






NOMBRE: Elías Enrique Gilces Bravo
PROFESION: Médico (Graduado el 5 de agosto del 2011)
OCUPACION ACTUAL: Miembro del Consejo de Educación Superior, en representación de los Estudiantes del Sistema de Educación Superior (posesionado el 25 de agosto del 2011 a través de un Concurso Público de Méritos y Oposición al amparo de la LOES de 2010)
LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: El Empalme – Guayas,  20 de Junio del 1986



ESTUDIOS SECUNDARIOS: 

·         Colegio Técnico Agropecuario  “Pueblo Nuevo” (Parroquia la Guayas – El Empalme 1999)
·         Colegio Dr. Alberto Guerrero Martínez-U.N.E.D.I.D (Guayaquil – FDG 1999 al 2001)
·         Colegio Nacional Experimental “Aguirre Abad” (Guayaquil 2001 al 2004)



ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
·         Universidad de Guayaquil (Facultad de Ciencias Medicas 2004 al 2011)

RECORD ACADÉMICO

SECUNDARIA


·         Entre los 10 mejores bachilleres del Gloriosos Colegio Nacional Experimental “Aguirre Abad" y

·         Ganador del I Concurso Nacional de Historia del Ecuador – A.N.A.I 2003.






UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL


·         Entre los mejores promedios de la Escuela de Medicina de la Universidad de Guayaquil en los periodos lectivos 2005 – 2006, 2006 – 2007, 2007 – 2008, 2008 – 2009, 2010 – 2011.
·         Ayudante de la Cátedra de Bioquímica de la Escuela de Medicina desde el 2006 al 2011.
·         Entre los mejores egresados de la Escuela de Medicina de la Universidad de Guayaquil con un promedio de 9,12 (Muy Bueno)
DIRIGENCIA ESTUDIANTIL


·         Miembro de la FEUE Nacional (2005)
·         Vocal del Segundo ano de la carrera de medicina en la Asociación Escuela de Medicina (2006)
·         Miembro del Cogobierno Estudiantil de la Facultad de Ciencias Medicas de la Universidad de Guayaquil (2008 -2010)
·         Vicepresidente de la Asociación Escuela de Medicina de la Universidad de Guayaquil (2009)
·         Presidente de la Asociación Nacional de Estudiantes de Medicina del Ecuador (ANEME 2009 – 2011)



·         Miembro de la Junta Directiva de AFEME
·         Miembro de la División de Pregrado e Internado Rotativo de AFEME
·         Organizador del I Congreso Latinoamericano de la Salud (Maldonado – Uruguay , mayo del 2011)
·         Organizador del I y II Concurso Nacional de Ciencias Básicas, Casos Clínicos y Quirúrgicos (2010 – 2011).



MD. Elías Gilces Bravo
Miembro del CES
Representante Estudiantil